A través de un esquema especial de regularización, casi 30.000 firmas entrerrianas podrán estar al día con sus obligaciones. Hasta el 19 de Octubre hay tiempo para iniciar el trámite de adhesión.
En el marco de las políticas provinciales que apuntan a morigerar los efectos negativos de las políticas macroeconómicas que golpean la actividad productiva entrerriana – y este caso los servicios – la Administradora Tributaria (ATER) puso en vigencia un nuevo régimen especial de regularización de deudas orientado exclusivamente a contribuyentes encuadrados en el rubro servicios. El mismo tiene por objeto que a casi 30.000 contribuyentes puedan estar al día con los impuestos provinciales de forma inmediata. El nuevo régimen se abre luego del cierre de un esquema similar que alcanzo a los comercios entrerrianos.
El Director Ejecutivo de ATER, Sergio Granetto, señaló que esta medida «a medida que sostenemos muy activos nuestros procesos de gestión de cobro, vamos generando esquemas sectoriales que permitan a las empresas estar al día, y hacerlo sin multas y casi sin intereses, justamente para que en esta situación macroeconómica puedan mantener su nivel de cumplimiento fiscal”. Y agrego que “en los últimos dos años la evolución de la recaudación provincial ha contribuido de modo significativo al equilibrio de las cuentas de la provincia, permitiendo sostener con fondos propios muchos programas sociales, sanitarios y de obra pública”.
A partir del nuevo esquema fiscal fijado en la Ley 10.557, la provincia estableció una importante baja de la presión tributaria sobre sectores económicos que incluyó un esquema gradual de eliminación de impuestos, la ampliación de exenciones y la reducción de alícuotas.
En lo atinente a los contribuyentes encuadrados en servicios, en mayo ATER modificó los parámetros de categorización y desde entonces habilitó a que unos 24.000 contribuyentes del Régimen General del Impuesto a los Ingresos Brutos con facturación mensual de hasta 75.000 pesos puedan ver disminuida su alícuota mediante el paso al Régimen Simplificado.
A través de este nuevo régimen especial, se brindará la posibilidad a casi 30 mil contribuyentes encuadrados en el rubro servicios puedan ponerse al día con sus obligaciones previendo un esquema de beneficios que incluye la disminución de intereses y la quita total de multas.
Esquemas de facilidades sectoriales
Tras verse seriamente agudizado el deterioro de la actividad económica en el país fruto de la política macroeconómica nacional y los tarifazos – ATER viene implementando esquemas alternativos de facilidades sectoriales que permiten mitigar tales efectos y otorgar ventanas de cumplimiento fiscal.
Durante los meses de Junio y Julio pasado, unos 1500 planes de pago fueron suscriptos desde el sector comercial entrerriano que les permitió el paso a tributar con la menor alícuota de ingresos brutos a un millar de contribuyentes. O, el caso de los contribuyentes del sector agropecuario afectados por la emergencia agropecuaria, que recientemente pasan a optar por financiar vencimientos del impuesto inmobiliario rural 2018 a partir de 2019.
Asimismo, otros grupos de contribuyentes como los alcanzados por el programa de detección e incorporación de mejoras no declaradas «M2» del Impuesto Inmobiliario -que no tenían declaradas sus construcciones- pudieron financiar el revalúo en varias cuotas.
También, desde enero de 2018 y tras ampliar los parámetros de acceso, unos 10.000 Jubilados y pensionados entrerrianos de menores ingresos, dejaron de pagar el impuesto inmobiliario urbano
El trámite de adhesión se iniciará on line
Finamente, desde el área de interior de ATER explicaron que, tal como sucedió con el reciente esquema para el sector comercial, hasta el próximo 19 de octubre estará disponible la aplicación web para comenzar el proceso de suscripción que será desdoblado en dos instancias. La primera, comenzando con la manifestación voluntaria de acogimiento a través de los servicios web de ATER con clave fiscal desde este viernes, -con plazo único hasta el 19 de octubre-, y el otorgamiento de una constancia habilitante para la suscripción del plan. Y, una segunda –con plazo fijado hasta el 9 de noviembre– que se completa con la concurrencia y la efectiva suscripción del plan a la oficina de representación asignada.
Para más información, invitaron a consultar en la web del organismo (www.ater.gob.ar) o comunicándose con el Servicio de Atención al Contribuyente 0810-888-2837 (ATER) de Lunes a viernes de 8:00 a 13:00