Por primera vez se hizo uso de la Banca del Pueblo

Este jueves, en la última sesión ordinaria del periodo 2019 del Cuerpo Legislativo, una ciudadana hizo uso por primera vez en la historia de nuestra ciudad de la banca disponible en el recinto deliberativo. En esta oportunidad, fue una representante de la Asociación Civil Ayuda Animal Concepción del Uruguay, la cual se propone concientizar, gestionar y trabajar por la zoonosis y la sanidad animal.

La “Banca del Pueblo” constituye un espacio institucional de participación popular tendiente a la expresión libre de los ciudadanos y sus instituciones intermedias con el fin de canalizar propuestas, peticiones, iniciativas y reclamos de los vecinos de la ciudad de Concepción del Uruguay, a través de su intervención pública en el ámbito del Concejo Deliberante.

La Ordenanza N° 9869 fue sancionada en el año 2016: “el municipio es un escenario privilegiado para el aprendizaje democrático y eso nos obliga a construir mecanismos y técnicas participativas, así como también a intentar un mejor delineamiento de la

intervención popular en los debates del Honorable Concejo Deliberante”, explicó el concejal Guillermo González.

Esta herramienta de participación ciudadana resulta esencial para que el cumplimiento de las funciones municipales alcance resultados satisfactorios, apostando a la incorporación de los vecinos en el proceso mismo de construcción de políticas públicas y modificando, en cierto grado, la relación entre Estado (en este caso local) y la sociedad civil.

Requisitos para ocupar la 

“Banca del Pueblo”

Podrán participar de la “Banca del Pueblo” vecinos de la ciudad y sus organizaciones, instituciones intermedias y otras entidades de la sociedad civil a través de un representante, donde manifiesten su voluntad de ser oídos por el pleno del Honorable Concejo Deliberante, y reúnan los requisitos dispuestos en Ordenanza.

Serán requisitos: a- Acreditar domicilio en la ciudad de Concepción del Uruguay; b- Inscribirse en el Registro llevado por la Secretaria del Concejo a tal efecto; c- Los ciudadanos o representantes de las instituciones o entidades que deseen participar de la “Banca del Pueblo” deberán presentar lo siguiente: 1.- Breve informe escrito del tema a exponer; 2.- Datos de identidad y domicilio en la ciudad; 3.- Si la intervención es en representación de una institución, organización de la sociedad civil o agrupación de vecinos, datos de la misma y acreditación de la representación invocada; y 4.- Expresar por escrito la aceptación de las condiciones de participación.