Advierten que la proporción admisible de coliformes totales fue elevado de 2.000 a 5.000 miligramos por litro, retrocediendo con respecto al estándar del digesto anterior y que la temperatura de vertido de los efluentes también se modificó: El rango admisible será entre 13 y 30 grados, cuando antes el máximo eran 20 grados.
“Nuestro Río Uruguay y su Medioambiente está seriamente contaminado; pero este nuevo Digesto no prevendrá, mitigará o reducirá este trágico hecho”, advierte el ingeniero químico Elías Jorge Matta.
En un documento remitido a ElDía, el profesional siempre ligado a los conflictos ambientales, aseguró que se trata de un digesto para legalizar y consolidar el statu quo en el Río Uruguay.
La adecuación de capítulos claves del Digesto del Río Uruguay aprobada por la CARU presenta numerosas novedades respecto a versiones anteriores.
En este sentido, Elías Matta opinó que el nuevo digesto “ha sido diseñado ‘a la medida’ para legalizar y consolidar la situación actual, seguramente contabilizando también la contaminación adicional que se sumará en los próximos 2-3 años. El río está seriamente contaminado, tal como quedó claramente expuesto en el Informe Conjunto sobre el Monitoreo de los años 2011-2015 y confirmado por informes de monitoreos posteriores”.
Matta también advierte que no hay grandes modificaciones en los valores guías de los parámetros y sustancias ya incluidas en Digestos anteriores, aunque unos pocos compuestos muestran exigencias más bajas de lo recomendado en normas europeas y canadienses.
En otro fragmento se hace referencia a las llamadas “zonas de mezcla” y se advierte que “estarán exceptuadas del cumplimiento de los objetivos y estándares de calidad de las aguas tendientes a la conservación y desarrollo de la vida acuática…”.
Duras críticas hablan de “privatización del río”
Jorge Daneri es integrante de la Unidad de Vinculación Ecologista (UVE) de la Fundación La Hendija de Paraná y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas. En una fuerte columna de opinión sostiene que “días previos a la finalización de la gestión de Mauricio Macri, las autoridades de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) han modificado el Digesto que regula, entre otros aspectos técnicos, los estándares permitidos en los volcados de efluentes industriales, es decir, los límites establecidos para medir la contaminación del río”.
Señala que el periodista uruguayo Víctor Bacchetta lo expone de manera sumamente clara en su artículo de Sudestada, donde expresa la relevancia que «la comisión argentino-uruguaya que administra el río Uruguay redujo requisitos de calidad de las aguas, adaptándolos al nivel de contaminación existente, y rebajó sus propios objetivos».
Los valores de referencia alterados
*La proporción de fósforo total, un indicador clave de la eutrofización de las aguas, fue elevada de 25 microgramos por litro, máximo admisible en la norma uruguaya vigente fijada por el Decreto 253/79, a 100 microgramos por litro.
*La proporción admisible de coliformes totales, otro indicador de la calidad de las aguas, fue elevado de 2.000 a 5.000 miligramos por litro, retrocediendo con respecto al estándar del digesto anterior.
*En la temperatura de vertido de los efluentes, se mantuvo la norma de que no se deben alterar las condiciones naturales, pero se especificó un rango admisible entre 13º y 30º grados, cuando antes el máximo eran 20º grados.
*Se mantiene el parámetro del agrotóxico endosulfán, admitiendo un máximo de hasta 0,02 miligramos por litro en las aguas del río Uruguay, cuando fue prohibido en Uruguay en el año 2012 y en Argentina en 2013.
*El promedio del fósforo en el río Uruguay en los últimos cinco años ha sido de 96,4 microgramos por litro. En lugar de buscar mejorar la situación del río, la elevación del estándar se adapta simplemente a la realidad. Además, “se viola la disposición del artículo 41º del estatuto de la CARU de no disminuir las exigencias técnicas”, advierten en el documento firmado por Daneri.
Finalmente, cierra sosteniendo que la nueva norma no solo modifica el Digesto, sino que avanza trastocando el contenido jurídico técnico originario, es decir, el Tratado del Río Uruguay y su Estatuto. Este abuso de derecho se advierte en la modificación del principio de preservación del río y la calidad de sus aguas”. (ElDía)