Dada la dinámica social, comercial y productiva, con intensa circulación de personas, y atento a los limitados ajustes a las actividades que el DNU del Poder Ejecutivo Nacional determina, el Poder Ejecutivo de la Provincia ha decidido uniformar las disposiciones en todo el territorio de Entre Ríos.
Las siguientes medidas, para que tengan impacto positivo, deben ser llevadas adelante solidariamente e implican una responsabilidad individual, colectiva y del Estado.
Por ello es que solicitamos la colaboración de todas y todos los uruguayenses para que se sigan respetando las medidas de cuidado ya conocidas desde el inicio de la pandemia.
En ese sentido, dado el Decreto Nacional N° 235 del Presidente Alberto Fernández y el Decreto Provincial N° 606 del Gobernador Gustavo Bordet, las disposiciones en nuestra ciudad son las siguientes:
POR DECRETO PROVINCIAL LA RESTRICCIÓN DE CIRCULACION DE PERSONAS TIENE DOS FRANJAS
Lunes, martes, miércoles y jueves: la restricción de circulación es entre la 00:00hs. y las 06:00hs. Durante estos días, el horario Gastronómico, Maxi Kioscos («24HS») Y Despensas es hasta la 00:00hs.
Viernes, sábados y domingos: la restricción de circulación es entre las 01:00hs. y 06:00hs. de la mañana. Durante estos días el horario Gastronómico, Maxi Kioscos («24HS») Y Despensas es hasta la 01:00hs.
El horario de los comercios en general continúa siendo hasta las 21:00hs. y no tienen limitaciones horarias los servicios esenciales como Farmacias, Estaciones de Servicio y Emergencias Veterinarias.
Decreto Provincial
Quedan suspendidos los viajes grupales de egresados, jubilados, grupos turísticos y para realización de actividades recreativas y sociales. El sector gastronómico podrá realizar sus actividades respetando los protocolos vigentes aprobados por el COES.
Se podrán realizar actividades o reuniones sociales al aire libre hasta 100 personas dando estricto cumplimiento a las reglas de conductas generales y obligatorias.
Las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares podrán ser de hasta 10 personas.
Las actividades deportivas, culturales, religiosas, cines, teatros y centros culturales, y gimnasios continuarán funcionando bajo los protocolos vigentes.
Las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias.
Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico.
El transporte público seguirá funcionando de acuerdo a los protocolos vigentes.
Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán seguir realizándose con los protocolos aprobados por el COES como hasta el momento.