La Justicia rechazó la defensa de los abogados y aprobaron las condenas a Urribarri, Báez y Aguilera

La Cámara de Casación Penal rechazó todos los planteos realizados por los abogados defensores en el marco del megajuicio que condenó al exgobernador Sergio Urribarri a 8 años de prisión por delitos de corrupción cometidos en la contratación de públicidad oficial durante su gestión.

En consecuencia las penas contra el exgobernador, su exministro Pedro Báez, su cuñado Juan Pablo Aguilera y las del resto de los imputados quedaron confirmadas por la Cámara compuesta por Marcela Davite, Marcela Badano y Evangelina Bruzzo. Las defensas tendrán que recurrir al Superior Tribunal de Justicia (STJ) con el objetivo de revertir la situación de los condenados.

Davite, quien presidió la Casación, enumeró uno por uno los rechazos y describió la prueba fundamental por la que el Tribunal de Juicios condenó al exgobernador, algunos de sus funcionarios y familiares y allegados que se beneficiaron por el desvío de dinero público. «En la sentencia dictada por el Tribunal está correctamente probado que los hechos existieron y que los imputados fueron sus autores y partícipes», aseguró la magistrada.

Las camaristas aseguraron que los delitos se han constatado «con una cantidad de pruebas pocas veces vista en este tipo de hechos». «Es tan abundante la prueba que es imposible abordarla en esta reseña», aseguró Davite.

«Ha quedado demostrado que Urribarri y (Pedro) Báez durante su ejercicio de sus cargos, direccionaron contrataciones con los particulares (Juan Pablo) Aguilera, (Germán) Buffa, (Jorge) Rodriguez y (Gerardo) Caruso. Como funcionarios públicos manejaron toda la tramitación entre ellos, para disponer de fondos públicos y usarlos a fines ajenos a la administración pública. Urribarri y Báez tenían conocimiento del carácter público de los dineros, de la ilicitud de la decisión que tomaron al sustraerlo y desviarlo hacia personas que se comportaron como sus socios comerciales.

Disponiendo así de los fondos para beneficios propios y de terceros. Respecto a los otros imputados (Luciana Almada, Emiliano Giacopuzzi. Corina Cargnel y Gustavo Tamay) se constató el grado de participación en los delitos y que de distintas maneras colaboraron con las maniobras necesarias para llevarlos a cabo», aseveró Davite.

Las magistradas rechazaron los planteos de nulidad que buscaban derribar las pruebas fundamentales de la condena: «Se ha demostrado que todos esos planteos, cuya finalidad es la exclusión de pruebas que buscan revertir las condenas, han sido aceptadas por el Tribunal de Juicio que consideró como prueba legal, obtenida sin violentar garantías y mientras pudieron ejercer el derecho a la defensa».

 

Las condenas confirmadas

 

En abril del 2022 y tras varios meses de megajuicio, el Tribunal de Juicio condenó a 8 años de cárcel e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos al exgobernador Sergio Urribarri por los delitos de corrupción. Al exministro Pedro Báez los jueces le dieron 6 años y medio de prisión. El cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, fue condenado a 6 años y medio de prisión. Tanto Báez como Aguilera también fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos.

 

Además el Tribunal consideró la culpabilidad del diseñador gráfico Emiliano Giacopuzzi como partícipe secundario por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Lo condenó a 2 años de ejecución condicional. A Germán Buffa lo declararon partícipe necesario de las negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y se lo condenó a 1 año y 2 meses de ejecución condicional. A Gerardo Caruso lo condenaron como partícipe necesario de negociaciones incompatibles y peculado y lo condenaron a 3 años de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua.

 

A Corina Cargnel, el tribunal la condenó como partícipe necesaria de negociaciones incompatibles con ejercicio de función pública y peculado por la causa imprentas y en la causa parador. Le dieron 3 años de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua. A Gustavo Tamay lo encontraron responsable como partícipe necesario de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y lo condenaron a 3 años de prisión de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua. Declararon a Luciana Almada partícipe necesaria de negociaciones incompatibles y peculado y la condenaron a 2 años y medio de ejecución condicional.