El Gobierno implementó un nuevo régimen de control para la adquisición de armas semiautomáticas, permitiendo su tenencia bajo condiciones especiales. La medida reemplaza una normativa de 1995 y establece criterios más flexibles para los usuarios legítimos.
A través del Decreto 397/2025, el Gobierno nacional estableció un nuevo régimen de control especial para permitir la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas. Esta normativa, que busca flexibilizar las restricciones previas, habilita a ciertos usuarios a acceder a armamento de características similares a las de uso militar.
La decisión se fundamenta en la necesidad de reevaluar los mecanismos de control de armas que habían estado vigentes durante más de 30 años. Con esta medida, el Ejecutivo pretende actualizar las políticas en torno a la adquisición de armas de fuego semiautomáticas que, según argumentan, “resulta necesario reevaluar los mecanismos dispuestos para su control”, citando que las condiciones actuales ya no son adecuadas para los tiempos modernos.
El Decreto 397/2025 establece que la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) será el organismo encargado de aplicar este nuevo sistema de control, que regirá para aquellas personas que deseen adquirir armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, similares a fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto.
Autorización especial para la adquisición de armamento de uso militar
El texto del Decreto establece que el presidente Javier Milei, junto con el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, firman la implementación de un régimen de autorización especial. Según se detalla en el documento oficial, este régimen se aplicará a los «actos de adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR».
Además, la normativa estipula que solo legítimos usuarios de armas de fuego podrán acceder a estos permisos, y deberán acreditar probados usos deportivos y cumplir con las demás condiciones objetivas establecidas por la Anmac. Esta medida reemplaza la reglamentación del Decreto N° 64 del 17 de enero de 1995, que prohibía el uso y acceso a este tipo de armamento.
Según se indicó, este cambio busca dar más flexibilidad a los usuarios que cumplen con las condiciones establecidas para la tenencia de estas armas.