El conflicto se suscitó entre la lista oficial del PJ de Entre Ríos que va como Fuerza Patria, y propone a Adán Bahal, senador, y Guillermo Michel, diputado; y la lista que propone a Carolina Gaillard, senadora, y Paola Rubatino, diputada, por Ahora la Patria. La controversia giró sobre el sustantivo Patria, que podría generar confusiones en el electorado entrerriano. Un fallo de primera instancia le dio la razón a la última lista, pero fue apelado y la Cámara Nacional Electoral lo revocó.
La Cámara Nacional Electoral, en fallo de mayoría, resolvió este jueves 21 revocar la resolución del juez federal con competencia electoral, Leandro Ríos, y dispuso que la lista oficial del Partido Justicialista (PJ) que propone a Adán Bahl, como candidato a senador, y a Guillermo Michel, como candidato a diputado, en las elecciones legislativas de medio término que se realizarán en octubre, a llevar al nombre Fuerza Patria, que en la provincia se presenta como Fuerza Entre Ríos.
Así, con los votos de Daniel Bejas y Santiago Corcuera -el voto en disidencia fue de Alberto Dalla Via-, la CNE revocó el fallo de Ríos que había autorizado a la lista Ahora la Patria, que propone a Carolina Gaillar, como candidata a senadora, y a Paola Rubattino, como candidata a diputada, a llevar aquel nombre. Esta Alianza, que comprende a las agrupaciones Movimiento por Todos y Partido Frente Grande, deberá cambiar su nombre.
La resolución se adoptó en el contexto de la causa caratulada “Recurso de apelación de Ahora la Patria en autos Ahora la Patria s/reconocimiento de alianza electoral”. Los jueces analizaron que “las agrupaciones Movimiento por Todos y Partido Frente Grande pretenden –a través de la alianza que han constituido- hacer uso del nombre Ahora la Patria” y consideraron que “ahora bien, –según afirma la recurrente- bajo el estándar de impresión de conjunto, aquella puede predisponer al elector a inferir origen común o vinculación con ‘Fuerza Patria’ de la cual es tronco central el Partido Justicialista, que se proyecta a nivel nacional y respecto de la cual la alianza que representa integrada por el Partido Justicialista, el Frente Entrerriano Federal y el Partido del Trabajo y el Pueblo adopta su nombre en coherencia”.
La CNE intervino en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado contra la resolución de Río que resolvió, “en cuanto aquí interesa, reconocer la constitución de la alianza electoral transitoria ‘Ahora la Patria’ en el distrito Entre Ríos, con derecho de uso exclusivo del nombre adoptado, integrada por la agrupación Movimiento por Todos y Partido Frente Grande”, contra la que Eliana Ramos -en su carácter apoderada de la alianza Fuerza Entre Ríos-, apeló y expresó sus agravios.
La CNE sostuvo que “en numerosas ocasiones, se ha puesto de relieve que la regulación adoptada por la ley 23.298 en materia de nombre, símbolos y emblemas…, tiene por finalidad evitar la confusión, procurando la nítida identificación de los partidos políticos y, con ello, preservar la genuina expresión de voluntad política del ciudadano…”. Añadió que “tales consideraciones resultan aplicables mutatis mutandi al nombre, a la sigla y al emblema de las alianzas transitorias, como atributos para su designación e identificación… “.